
El tribunal de garantías prevé dejar resuelto en octubre el primer recurso de amparo de los líderes del ‘procés’, que fijará la doctrina que tendrá que aplicar la Sala Penal
Con la sentencia dictada este jueves por la justicia europea , la ley de amnistía impulsada por el Gobierno y los partidos independentistas ha superado los dos filtros que pueden amenazar una ley aprobada por el Parlamento: el del Tribunal Constitucional y el del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Desde que entró en vigor hace dos años, la medida de gracia acumula ya 21 sentencias favorables, 19 por parte del Tribunal Constitucional, que ha declarado que la norma tiene cabida en la Ley Fundamental; y las dos dictadas ahora por los jueces europeos, que concluyen que la medida de gracia encaja en el derecho comunitario. Estas resoluciones descartan que la ley con la que el Ejecutivo y sus socios pretendían enterrar las causas judiciales vinculadas al procés incurra en la panoplia de vulneraciones que denunciaron el PP y Vox y que alegaron algunos tribunales para frenar su aplicación, pero Europa deja en manos de los jueces españoles la concesión de la medida de gracia en cada caso concreto, aunque el camino marcado por el TJUE y el Constitucional les da poco margen para oponerse.
Las sentencias de Europa han sido recibidas con “gran satisfacción” entre el sector progresista, y mayoritario, del tribunal de garantías. Estas fuentes recuerdan las “fuertes críticas” que han recibido sus resoluciones favorables a la amnistía, algunas desde dentro del propio tribunal a través de los votos particulares -“agresivos y contundentes”- suscritos por magistrados de la minoría, que sostenían que la amnistía vulnera el derecho comunitario y reclamaban que el Constitucional consultara al TJUE antes de pronunciarse sobre la medida de gracia. Finalmente, ha sido el TJUE el que ha recogido en una de sus sentencias los argumentos empleados por el tribunal de garantías para respaldar la ley (“que la amnistía [...] pretende reducir las tensiones institucionales y políticas generadas por el proceso de independencia de Cataluña y facilitar un escenario de reconciliación”)
El tribunal de garantías declaró por primera vez la constitucionalidad de la amnistía en junio de 2025 y, desde entonces, ha dictado 19 sentencias favorables, derivadas de los recursos presentados por el PP y los barones autonómicos, y las cuestiones de inconstitucionalidad elevadas por el Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). La número 20, en respuesta al recurso de Extremadura, se espera para el próximo martes, y, con ella, se habrán resuelto ya todos los recursos que cuestionaban el encaje de la medida de gracia en la Constitución. Pero el trabajo del tribunal de garantías sobre la amnistía no termina aquí.
El órgano tiene que que dar respuesta a los siete recursos de amparo presentados por los líderes independentistas a los que el Supremo ha rechazado conceder la medida de gracia al considerar que el delito de malversación que les atribuye no está cubierto por la ley impulsada por el Gobierno, ERC y Junts. El Constitucional prevé resolver el primero de esos recursos en octubre y, en el caso de dar la razón a los condenados y procesados, esa resolución debe conducir a la aplicación plena de la amnistía a todos los líderes del procés .
Estos son los siguientes pasos que se esperan tras las sentencias de la justicia europea:
¿Qué consecuencias va a tener el pronunciamiento del TJUE? La respuesta de los jueces europeos disipa las dudas legales que habían manifestado algunos de los tribunales que tenían que aplicar la amnistía. Tras las sentencias de este jueves, el Tribunal de Cuentas deberá retomar la aplicación de la ley a los 35 ex altos cargos a los que procesó por su responsabilidad contable de los líderes independentistas y la Audiencia Nacional tendrá que resolver sobre la aplicación de la medida de gracia a los CDR acusados de terrorismo. Además, el Supremo tiene ahora que resolver varios recursos contra las condenas por desórdenes públicos dictadas por la Audiencia de Girona tras los incidentes ocurridos en las protestas que siguieron a la sentencia del procés . El Constitucional desestimó en octubre pasado una cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Supremo sobre la ley de amnistía en el marco de estos recursos, pero la Sala Penal ha rechazado aplicar la decisión del tribunal de garantías a la espera de la sentencia del TJUE. Fuentes del alto tribunal señalan que se dará respuesta a estos casos a partir de septiembre.
¿Pueden los jueces oponerse a aplicar la amnistía tras las sentencias del TJUE? La justicia europea deja en manos de los tribunales españoles la decisión de otorgar la medida de gracia a cada caso pendiente, pero las sentencias de este jueves dejan muy poco margen para no hacerlo, específicamente en el caso del Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, pero, por extensión, en el resto de tribunales que mantienen abiertos casos vinculados al procés . Los jueces tienen dos opciones: amnistiar a todos los procesados o condenados; o negar la aplicación de la medida de gracia acogiéndose a alguna de las excepciones que contempla la ley para los delitos de malversación y terrorismo, como ya hizo el Supremo . El Tribunal de Cuentas apenas tiene margen para intentar esta vía porque, según la literalidad de la ley, las excepciones a la amnistía para el desvío de fondos públicos solo se aplican a “los actos tipificados como delito”, lo que limita la excepción a la responsabilidad penal y no afecta a la responsabilidad contable, que es la que dirime ese tribunal.
¿Afecta la decisión del tribunal de Luxemburgo a Puigdemont? Sí lo hace de forma directa para la causa del Tribunal de Cuentas, en la que él es uno de los 35 acusados. La sentencia también tiene impacto en el procesamiento por malversación por el que el Supremo mantiene activa la orden de detención contra él porque la justicia europea ha declarado que el desvío de fondos públicos para financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017 y para apoyar la acción exterior del procés no afectó a los intereses económicos de la UE, que fue uno de los argumentos del alto tribunal español para no amnistiar al expresidente de la Generalitat y al resto de miembros de su Govern a los que procesó o condenó por este delito.
¿Podrá volver a España el líder de Junts tras el fallo europeo? No es previsible a corto plazo si no quiere arriesgarse a ser detenido. El Supremo sostuvo que la malversación del procés no es amnistiable porque la ley impide perdonarla si afectó a las finanzas de la UE o si los acusados se beneficiaron de un enriquecimiento patrimonial. Y según la Sala Penal, ocurrieron ambas cosas. Por tanto, aunque el TJUE haya declarado que no se da la primera excepción, sigue existiendo la segunda, que depende en exclusiva de la interpretación que hace de la ley amnistía el alto tribunal español. Fuentes del Supremo señalan que no es previsible que el magistrado instructor del procés , Pablo Llarena, levante de oficio la orden de detención; en el caso de que alguno de los abogados lo reclamara, lo estudiará, pero estas fuentes se inclinan por considerar que no cambiará su postura. Por su parte, la Sala Penal, que rechazó amnistiar a Oriol Junqueras y el resto de exconsejeros ya juzgados y condenados, tampoco prevé modificar su criterio tras la resolución del TJUE.
¿Se espera alguna resolución judicial que pueda hacer variar la postura del Supremo? Sí. Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de condenados y procesados por malversación recurrieron en el Tribunal Constitucional el rechazo del alto tribual a aplicarles la amnistía y, en el caso del expresident , la decisión de mantener la orden de detención contra él. El Constitucional decidió esperar a la sentencia del TJUE para resolver esas impugnaciones, por lo que el fallo de este jueves acerca esa decisión. Fuentes del tribunal de garantías señalan que la previsión es llevar la primera sentencia, relativa al recurso presentado por el exconsejero Jordi Turull, a uno de los dos plenos previstos en septiembre. No obstante, la sentencia puede retrasarse porque la ponencia de este caso ha recaído sobre el magistrado conservador José María Macías, uno de los más críticos con la medida de gracia, por lo que, salvo que el pronunciamiento del TJUE le haga cambiar de opinión, es previsible que su propuesta sea rechazar el recurso del dirigente independentista. En el caso de que la mayoría considere que sí debe concederse el amparo, habrá que nombrar a un nuevo ponente que redacte una sentencia con ese fallo. Fuentes del tribunal señalan que, en ese caso, la respuesta al recurso de Turull podría llegar en octubre. La doctrina que se fije valdrá tanto para los condenados por malversación (Turull, Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa) como para los procesados en rebeldía (Puigdemint, Toni Comín y LLuís Puig), por lo que estas fuentes consideran que el Supremo tendría que aplicarla de oficio a todos ellos. En caso contrario, el Constitucional responderá uno a uno a los siete recursos de amparo.
¿Podrá el Supremo negar la aplicación de la amnistía si el Constitucional da la razón a los líderes independentistas? En la Sala Penal hay criterios dispares sobre esta cuestión. Algunas fuentes se inclinan por considerar que si el Constitucional ampara a los condenados por malversación, toca “pasar página”: se les tiene que aplicar la amnistía y, en el caso de Puigdemont, la orden de detención que pesa sobre él debe quedar sin efecto de forma inmediata. Pero otro sector cree que el Supremo, que no preguntó a la justicia europea antes de decidir que no aplicaba la medida de gracia, deberá estudiar las opciones y podría acudir al TJUE. Con todo, hasta ahora esa opción se planteaba por las dudas de compatibilidad entre la ley española y la europea, y esa vía queda prácticamente cegada con las sentencias de este jueves, salvo que la Sala Penal encuentre una grieta sobre la que no se haya pronunciado aún la justicia comunitaria.
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