
El tribunal anula la retirada del pasaporte de la esposa del presidente del Gobierno
La Audiencia Provincial de Madrid ha dado luz verde a que el proceso por jurado popular contra Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, siga adelante por dos delitos: tráfico de influencias y malversación. El tribunal avala así parcialmente la decisión del juez Juan Carlos Peinado de enviar al banquillo a la pareja del presidente del Gobierno, a la que él atribuyó cuatro delitos (además de los anteriores, corrupción en los negocios y apropiación indebida). La sala acuerda, a su vez, devolver el pasaporte a la mujer del líder del PSOE y a su asistente en La Moncloa, Cristina Álvarez, después de que el magistrado se los quitase y les prohibiese salir del país y las obligase a comparecer dos veces al mes ante su juzgado —medidas también anuladas por esta instancia superior—.
Esta resolución se conoce después de que el juez Peinado, que impulsó la causa contra Begoña Gómez en abril de 2024 tras recibir una denuncia del pseudosindicato Manos Limpias, ordenase el pasado 20 de junio abrir juicio oral contra ella ; contra Cristina Álvarez; y contra el empresario Juan Carlos Barrabés. El magistrado dio por finalizadas sus pesquisas sobre la esposa de Sánchez y acordó sentarla en el banquillo por cuatro delitos, al considerar que se aprovechó de la posición de su marido para impulsar su carrera en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), donde codirigió una cátedra extraordinaria (en cuyo seno se desarrollo un software ). La acusación popular —liderada por la asociación ultracatólica Hazte Oír— le pedía 24 años de prisión .
Entre otros argumentos, las defensas alegaron que Peinado no “motivó” su decisión de forma suficiente. Una tesis que el tribunal provincial ha aceptado en ocasiones anteriores (como cuando, a principios de año, le tumbó por primera vez la transformación de la causa en un proceso por jurado ), pero que ahora rechaza con estas palabras: “El auto recurrido, aun pudiendo presentar un grado de desarrollo limitado o una fundamentación por remisión, contiene una exposición suficiente de los hechos objeto de investigación y de su posible encaje en los tipos penales considerados, permitiendo a las partes conocer las razones de la decisión y articular frente a la misma los medios de impugnación oportunos, como de hecho ha ocurrido”.
La resolución, fechada el pasado lunes, ha sido firmada este jueves por los cinco magistrados que componen la sección 23 de la Audiencia de Madrid: María del Rosario Esteban, José Sierra, Jesús Gómez Angulo, Enrique Jesús Berges y Carlos Prat. Aunque en otras ocasiones solo se convocó a tres jueces para la deliberación, el tribunal decidió reunirse esta vez en pleno, debido a la importancia del dictamen, según precisan fuentes jurídicas.
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De esta forma, tras el debate, los cinco magistrados concluyen que, “en esta fase procesal” y sin entrar en una “valoración anticipada propia del juicio oral”, la causa contiene suficientes “indicios racionales de criminalidad” para seguir adelante contra Begoña Gómez por dos delitos (tráfico de influencias, castigado con hasta dos años de cárcel; y por un tipo de malversación penado con hasta cuatro años de prisión); y por solo uno (malversación) contra Álvarez. A Juan Carlos Barrabés se le deja fuera.
Así, sobre el tráfico de influencias vinculado a la pareja de Sánchez, el tribunal subraya lo siguiente: “Parece perfectamente verosímil que la investigada logró el influjo desplegado desde su privilegiada posición de esposa del presidente del Gobierno, no solo para lograr la concesión de la cátedra, sino para hacerlo de forma casi inmediata y sin verificar un mínimo control sobre la consistencia del proyecto propuesto”.
“La sola relación de parentesco por vínculo matrimonial con la más alta autoridad del gobierno de la nación, en determinados contextos y circunstancias, como los aquí analizados, puede comportar una presión moral eficiente a efectos de conformar el delito de tráfico de influencias”, incide la Audiencia, que recuerda la sentencia del Tribunal Supremo contra Iñaki Urdangarin por el caso Nóos , que estableció que el marido de la infanta Cristina de Borbón se valió de “la relación de parentesco que por vínculo matrimonial había adquirido con la hija del monarca” Juan Carlos I.
El dictamen introduce, incluso, un alegato contra la “corrupción”: “Tiene una vis expansiva, que va más allá de su daño económico o de la violación de los deberes por parte de los servidores públicos. Su efecto más grave es el deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político”. “Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados, o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional, que compromete la estabilidad del propio sistema”, dicen los jueces.
“Le comportó prestigio”
La Audiencia mantiene que Peinado ha recopilado “numerosos indicios”. Y apunta: “No parece que pueda negarse con plena certeza que [...] se ejerció una presión moral suficiente como para mover la voluntad de la autoridad académica de la UCM, obteniendo la decisión no solo de crear la cátedra sino de nombrarla directora, permitiéndole así sufragar con financiación pública el proyecto de desarrollo de una herramienta digital de medición que pretendía de uso y titularidad personal o privada”. En este punto, los magistrados recalcan que, en su opinión, funcionan como importantes indicios la “inexistencia de equipo docente o de investigación alguna”, así como la “financiación con dinero y equipos humanos de las más punteras empresas tecnológicas de este país para desarrollar el proyecto personal de la investigada”.
“Está fuera de toda duda el beneficio que la creación de la cátedra y su nombramiento como directora (luego codirectora) le comportó: prestigio personal o reputacional de su carrera académica con acceso a múltiples recursos y eventos”, ahondan los cinco magistrados de la sección 23, que afirman que Gómez pudo “relanzar” también los “propios máster insertos en la cátedra” y “disparó sus ingresos” “de forma exponencial”. Aunque, eso sí, reconocen que las cifras son “moderadas”. El tribunal admite que, como máximo, cobró 14.900 euros en un curso académico (el 2021/2022) por su labor docente en los másteres, y en alguno no llegó ni a los 800. La Fiscalía, que ha reclamado reiteradamente el archivo de la causa , ya añadió que percibió “cero euros” por la cátedra.
Tras conocerse la resolución del tribunal provincial, el PSOE ha cargado contra el aval concedido al caso: “Begoña Gómez es inocente. La instrucción es una causa política basada en noticias falsas para acosar y perseguir a la mujer del presidente del Gobierno. Acoso y obsesión”, ha tuiteado el perfil del partido en la red social X. Días antes, fuentes socialistas ya se mostraban muy prudentes ante la posición que podía adoptar la Audiencia y recordaban que tres de sus miembros promovieron en el pasado una cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía .
Paralelamente, el tribunal descarta el delito de apropiación indebida —que Peinado vinculó al software — porque, entre otros extremos, el Código Penal no prevé que pueda aplicarse a un “bien intangible o inmaterial”. Y, al profundizar en esta tesis y rechazar igualmente una administración desleal, la Audiencia de Madrid matiza que cualquier comportamiento reprobable relacionado con un “beneficio patrimonial” debe “enmarcarse” aquí “en el ámbito de la malversación”. “Begoña Gómez, una vez nombrada codirectora de la cátedra, dispuso de fondos públicos provenientes de empresas privadas para conseguir un beneficio particular”, reza la resolución, de más de 60 páginas.
En cambio, la Audiencia niega el delito de corrupción en los negocios: “No constan indicios suficientemente verosímiles de que las personas investigadas hayan percibido dádivas, presentes o ventajas económicas, directas o indirectas, carentes de justificación en el marco de la actividad desarrollada por la cátedra. Al contrario, los acuerdos y aportaciones económicas realizados por las empresas aparecen vinculados a los fines propios de la misma”.
Álvarez y Barrabés
La tesis de Peinado incluía que la esposa de Sánchez recurrió a su asistente para que le ayudara con su labor profesional. La Audiencia lo respalda. “Existen indicios de que el trabajo que desempeñó excede de su apoyo institucional dado a la mujer del presidente del Gobierno”, manifiestan los magistrados de segunda instancia, que solo achacan a Álvarez un delito de malversación y descartan que se le pueda atribuir un tráfico de influencias (“No existen indicios que permitan afirmar que intervino en el nombramiento [de Begoña Gómez] como codirectora de la cátedra”).
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Por su parte, el tribunal provincial tira por tierra parte del relato del instructor sobre el empresario Barrabés , a quien el magistrado imputó la obtención de contratos públicos a cambio de colaborar en los proyectos docentes de la pareja del líder del PSOE. La sección 23 defiende que resulta prematuro sentarlo en el banquillo: “No existen en la presente causa indicios suficientes que permitan someter a enjuiciamiento por el tribunal del jurado a Barrabés. Ni que lo vinculen como autor, coautor o cooperador necesario de un delito de tráfico de influencias”. Aun así, la Audiencia no archiva el caso contra él, sino que lo desgaja para devolvérselo a Peinado para que prosiga con la investigación en una pieza separada.
Próximos pasos
Esta resolución del tribunal provincial deja sin efecto el auto de apertura de juicio oral dictado el pasado 20 de junio. Según detalla la propia sección 23, Peinado tendrá ahora que volver a instar a las partes a que pidan que dé ese paso, si lo estiman oportuno, así como a reformular sus conclusiones y sus peticiones de pena.
La Audiencia ha decidido avanzar su decisión sobre la retirada del pasaporte de Begoña Gómez y Cristina Álvarez. Y ha anulado las medidas adoptadas por Peinado al respecto. “No puede afirmarse que concurra con la intensidad exigible un riesgo real y efectivo de fuga”, señala el tribunal, que califica de “redacción poco afortunada” la tesis del juez de que la escolta policial podría ayudar en la huida de la esposa del presidente del Gobierno.
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