
La Sala Penal ratifica la cifra de 39.000 euros propuesta por la letrada de la Administración de Justicia
Álvaro García Ortiz tendrá que pagar 39.000 euros de costas por el procedimiento penal que acabó con el ex fiscal general del Estado condenado por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El Tribunal Supremo ha confirmado este martes el segundo importe que propuso la letrada de la Administración de Justicia, quien cifró inicialmente las costas en 79.942 euros, pero las rebajó a la mitad tras el recurso de García Ortiz. El ya ex fiscal general había reclamado una rebaja mayor, pero la Sala Penal la ha rechazado.
García Ortiz fue condenado en noviembre por la filtración de un correo electrónico vinculado a Alberto González Amador , pareja de Díaz Ayuso y procesado por fraude a Hacienda, y por la difusión de una nota de prensa del ministerio público para desmontar la versión falsa que estaba lanzando el entorno de la presidenta madrileña sobre las negociaciones de la Fiscalía con el abogado de su pareja. La condena supuso la inhabilitación de García Ortiz para el cargo que entonces ocupaba, pero el Supremo también le impuso el pago de una multa de 7.200 euros, una indemnización de 10.000 euros a favor de González Amador y el abono de las costas del procedimiento.
La multa y la indemnización fueron sufragadas por la Unión Progresista de Fiscales (UPF) , la asociación que presidió García Ortiz, gracias a donaciones recabadas entre sus asociados, pero quedaba pendiente el pago de las costas —los honorarios del abogado y del procurador de González Amador— cuya cuantía tiene que fijar el Supremo. La letrada de la administración de justicia de las causas contra aforados, encargada de este trámite, las cifró en enero pasado en casi 80.000 euros, un cálculo que asumía íntegramente la petición de la defensa de González Amador (64.778,78 euros), más el 21% de IVA (13.603,54 euros) y los honorarios de la procuradora (1.560 euros), y que fue impugnada tanto por la Fiscalía como por Abogacía del Estado, que ejerce la defensa de García Ortiz y que reclamó que las costas se rebajaran a 4.240 euros.
Ambos recursos cuestionaban que la tasación hecha por el tribunal era “indebida” y “excesiva”, y la letrada de la administración de justicia admitió, en una resolución dictada en marzo, que había conceptos que se habían incorporado erróneamente al cálculo, lo que derivó en que propusiera rebajar la cifra a la mitad. Pero la Fiscalía y García Ortiz también impugnaron esa segunda cifra, una petición que ha desestimado ahora la sala que juzgó al ya ex fiscal general.
Según los magistrados, si se aceptara el planteamiento de la Abogacía del Estado “se estaría privando a la acusación particular [ejercida por González Amador] del resarcimiento económico de actuaciones necesarias para expresar su postura procesal frente a incidencias que podían afectar al desarrollo del proceso”. No se trata, por tanto, de una actuación procesal “superflua o inútil”, señalan los jueces, en referencia a uno de los criterios que permite eximir a un condenado del pago de las costas.
En un auto del que ha sido ponente el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta, el tribunal desestima todos los argumentos de los recursos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. La defensa de la pareja de Ayuso, Gabriel Rodríguez Ramos, sustentó su minuta, entre otros argumentos, en “la propia naturaleza” de los hechos investigados, el “contexto institucional”, la “ausencia de precedentes” y en el hecho de que García Ortiz fuera aforado, lo que, en su opinión, añadía “complejidad a la causa”. Sin embargo, la defensa del ex fiscal general consideraba que estas circunstancias no han influido en la complejidad del caso, una afirmación que no comparte el Supremo.
Según la Sala Penal, “la complejidad de este proceso deriva de razones materiales y procesales”. “Desde el punto de vista material, la causa versaba sobre hechos de singular gravedad institucional, al referirse a la revelación de información reservada por quien ostentaba la máxima representación del Ministerio Fiscal, en un contexto vinculado al deber de reserva propio de dicha institución. Desde el punto de vista procesal, la complejidad se vio incrementada por la pluralidad de partes personadas, la tramitación inicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y, posteriormente, ante esta Sala por razón del aforamiento”, señalan los jueces, que recuerdan que se abrieron hasta 15 piezas separadas para la tramitación de recursos de apelación y se practicaron “numerosas diligencias de instrucción”.
El Supremo obliga a García Ortiz a hacerse cargo de las costas de todo el proceso, incluida la parte de la investigación que se desarrolló en el tribunal superior de Madrid antes de que el fiscal general estuviera imputado, así como de las actuaciones derivadas de las imputaciones de la entonces fiscal superior de Madrid, Pilar Rodríguez, y de la mano derecha de García Ortiz en la Fiscalía General, Diego Villafañe, quienes fueron eximidos antes de llegar a juicio. “No puede accederse a una fragmentación procesal de la causa entre las actuaciones seguidas ante el Tribunal Superior de Justicia y ante esta Sala”, sostiene el Supremo, para el que las dos investigaciones componen un mismo procedimiento dirigido “al esclarecimiento de los mismos hechos”. Los jueces advierten, además, de que precisamente fue la instrucción inicial en el tribunal autonómico lo que permitió constatar “la existencia de indicios de criminalidad” contra García Ortiz.
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