La difusión de un documento judicial con detalles de una investigación precipita la detención en Bizkaia de dos presuntos miembros de Hezbolá

La difusión de un documento judicial con detalles de una investigación precipita la detención en Bizkaia de dos presuntos miembros de Hezbolá

El CGPJ subió a internet una resolución de la Audiencia Nacional que recogía que los ahora arrestados eran sospechosos de gestionar un canal de Telegram con propaganda de la milicia chií

La Policía Nacional ha detenido este martes en las localidades vizcaínas de Bilbao y Getxo a dos personas por sus presuntos vínculos con la milicia proiraní libanesa Hezbolá , según ha confirmado EL PAÍS en fuentes policiales. Los arrestos, que estaban previstos para dentro de unos días, se han tenido que precipitar después de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) difundiera en la página web del Centro de Documentación Judicial (Cendoj, el órgano encargado de publicar oficialmente la jurisprudencia de los tribunales españoles) un documento judicial en el que la Audiencia Nacional autorizaba el registro de los domicilios de ambos y el de la madre de uno de ellos, y en el que se detallaban los numerosos indicios recopilados contra los sospechosos en una investigación policial que no estaba concluida.

Los dos arrestados eran señalados en esa resolución judicial ―que aunque no incluía sus nombres, sí contenía detalles que permitían que ellos se identificaran― como los presuntos responsables de gestionar un canal de Telegram en el que se difundían “contenidos proterroristas” tanto de la milicia chií como de grupos armados palestinos, con imágenes de ataques a soldados israelíes. Fuentes policiales admiten que la difusión pública de este documento provocó que se precipitaran las detenciones ante las sospechas de que los dos sospechosos pudieran haber conocido que estaban bajo vigilancia policial e intentaran destruir pruebas.

De hecho, en su canal de Telegram, donde entonces había abundante material considerado como proterrorista, este desapareció y fue sustituido por un mensaje en el que se afirmaba que en el mismo se “rechaza, condena y se desvincula de manera absoluta de cualquier forma de terrorismo, extremismo, violencia o coacción contra la población civil” y que la difusión que se había hecho hasta entonces “se realiza de forma aséptica y con fines exclusivamente de crónica u observación geopolítica”.

La resolución judicial señalaba que la investigación se inició hace tan solo tres meses, después de que fueran detenidos en Noruega tres individuos implicados en el atentado con explosivos contra la Embajada de EE UU en Oslo el pasado 8 de marzo, en el que no se produjeron víctimas. En la agenda del teléfono móvil de uno de los arrestados, la policía noruega localizó el número de uno de los ahora detenidos en Bizkaia y lo puso en conocimiento de las autoridades españolas. Las pesquisas policiales iniciadas entonces concluyeron que este individuo estaba “plenamente integrado en Hezbolá por cuanto habría sido invitado para asistir al funeral homenaje”, algo reservado solo a sus militantes, aunque finalmente no pudo asistir. También señalaba que defendía “asesinatos indiscriminados contra población judía, como el atentado en la playa de Sídney” del pasado diciembre en el que murieron 16 personas.

La investigación apunta a que este sospechoso mostraba “una gran pericia en el uso de armas largas debido a su instrucción por parte de organizaciones terroristas en sus viajes al Líbano” y que, además, estaba “realizando el curso de vigilante de seguridad”. También se constató que había remitido algo más de 140 euros a través de una empresa de envío de dinero a la familia de un fallecido considerado mártir por Hezbolá y que él mismo había trasladado otros 2.000 euros en un viaje a Líbano. Entre otros indicios de sus presuntas actividades, se le señalaba como el presunto administrador del canal de Telegram en el que se publicaban “de forma masiva videos propagandísticos oficiales de organizaciones terroristas”, entre ellas las Brigadas Al Aqsa (ala militar de Fatah), Brigadas Abu Ali Mustafa (ala militar del Frente Popular para la Liberación de Palestina o FPLP), Brigadas Al Quds (ala militar de la Yihad Islámica Palestina) y Brigadas Mártir Izz El-Din Al-Qassam (ala militar de Hamas) que incluían combates y atentados terroristas.

Al segundo arrestado, de origen español y convertido al islam, también se le vincula con la gestión de este canal de Telegram. En su caso, la Policía destaca que, además, se tiene constancia de viajes al norte de Líbano, donde tuvo encuentros con dirigentes de la organización terrorista Frente Popular para la Liberación de Palestina (FPLP), y que participó en el funeral homenaje a un líder de Hezbolá. Los investigadores añaden que tuvo un papel “activo” como “organizador” en las recientes protestas contra la participación de un equipo israelí en la Vuelta ciclista a España, que en Francia se reunió con un preso acusado de colaborar en el doble asesinato de un diplomático estadounidense y otro israelí, y que en una manifestación en Pamplona portó una bandera de Hezbolá en la que aparecía escrito en árabe “muerte a América. Muerte a Israel. Maldición para los judíos. Victoria para el Islam”. También se le consideraba responsable de coordinar movimientos extremistas y radicales en el País Vasco, “habiendo sido siempre un defensor del terrorismo de ETA”.

Por todo ello, la Policía planteó, con el respaldo de la Fiscalía, a finales de marzo autorización para entrar en el domicilio de los dos sospechosos y en el de la madre de uno de ellos, pero el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, dirigido por el magistrado José Luis Calama, rechazó la medida el pasado 16 de abril al considerar que el informe en el que los investigadores sustentaban su petición contenía “hipótesis y suposiciones, sin base objetiva alguna de las que pueda inferirse racionalmente que se esté cometiendo o vaya a cometerse un delito de terrorismo”. El juez recordaba que “la mera adhesión, simpatía o afinidad ideológica hacia organizaciones consideradas terroristas por determinados Estados u organismos internacionales, como es el caso de Hezbolá, no constituye por sí misma conducta penalmente relevante en el ordenamiento jurídico español”.

La decisión del juez fue recurrida por la Fiscalía y el pasado 22 de mayo la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional revocó la decisión del juez y autorizó los registros, que la Policía decidió retrasar mientras culminaba las pesquisas. Sin embargo, la reciente difusión de esta última decisión en la página web del Cendoj, provocó que a primera hora de este martes se publicara en un medio de comunicación en internet que la investigación estaba en marcha y se precipitaran las detenciones horas después. Las fuentes policiales consultadas tildan de “disparate” que un documento con datos de una investigación en marcha se haya hecho público antes de culminarse las pesquisas.

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